En los albores del siglo XXI, se asiste en España a una evolución progresiva en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Atrás van quedando las diferencias históricas entre los sexos, o los roles o funciones estereotipadas , tradicionalmente asignados a los hombres y a las mujeres.
En tal sentido, se evoluciona desde una función legislativa cuya finalidad era equiparar en derechos a las mujeres históricamente en desventaja frente a los hombres, hacia una legislación más neutral en cuanto al sexo, en la medida en que atribuye indistintamente al hombre o a la mujer los roles que tradicionalmente asumían las mujeres.
La equiparación indistinta, en derechos y deberes de las mujeres y de los hombres para garantizar la conciliación de la vida laboral, familiar y personal se proyecta con claridad en la Ley Orgánica (LO) 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
El derecho al permiso por lactancia, la adaptación de la duración y distribución de la jornada de trabajo para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, la nulidad de un despido laboral por discriminación basada en razones personales, o la posibilidad de compartir el permiso de maternidad son tan sólo algunos ejemplos que garantizan la igualdad en derechos y deberes de los hombres y de las mujeres.
El objetivo de este trabajo consiste en analizar las novedades que la LO 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres ha establecido en materia de igualdad en el ámbito de las empresas.
Para ello, se tendrá en cuenta:
1) Las principales novedades que la LO 3/2007 incorpora para cualquier empresa en relación con los derechos de los trabajadores y trabajadoras con el objeto de garantizar la conciliación de la vida personal, laboral y familiar.
2) El desarrollo de buenas prácticas que son necesarias para que el empresariado pueda ponerlas en marcha de modo progresivo, sin menoscabo de su autonomía empresarial, y, en definitiva, de los resultados más óptimos para la empresa.
3) Un análisis de las novedades que la LO 3/2007 incorpora en relación con las obligaciones de la empresa de poner en marcha medidas colectivas que garanticen una perspectiva transversal de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todos los ámbitos de la empresa.